El acusado alego que con la carencia de respuesta interpretaba que la novia se planteaba la reconciliacion. Los jueces responden que nunca permite carencia un burofax para que deje sobre molestarla
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un adulto a seis meses sobre carcel y a no comunicarse ni aproximarse a su exnovia durante un anualidad y via por bombardearla a mensajes pidiendole volver. Luego de que la novia lo dejara, el acusado comenzo la campana de comunicaciones por medio de la totalidad de las pi?ginas sociales de obtener que le diera una segunda oportunidad. A lo largo de 3 semanas, ella recibio una “elevadisima cantidad sobre mensajes”, Conforme constata la sentencia (cuyo texto integro puede asesorarse aqui) a traves del trabajo sobre SMS, WhatsApp, Faceb k e Instagram, en los que el novio confesaba su amor, le suplicaba retomar la relacion y no ha transpirado le expresaba “lo felices que serian En Caso De Que se casaban”.
En un primer instante, la victima reacciono respondiendo a los mensajes iniciales negandose a continuar. A los pocos dias, dejo de contestar a nadie sobre ellos e, incluso, lo acabo bloqueando en WhatsApp. Despues de lo cual, el acusado procedio a llamarla al fijo sobre su vivienda e intento ponerse en comunicacion con la novia por otras vias. Asimismo, mando mensajes a la hermana de la femina (a los que la novia De ningun modo respondio) en los que “se disculpaba por ser un lento” y le pedia que le facilitara la difusion con la denunciante.
Los magistrados rechazan el argumento del denunciado que alego que, al nunca tener solucii?n por parte sobre la victima, se entendia que, en realidad, no le molestaban los mensajes y no ha transpirado que, de hecho, le gustaba que insistiera, dejando con su mutismo “la paso abierta a la reconciliacion”. En este sentido, aclaran que nunca es obligatorio que la cristiano que recibe un afluencia de mensajes deba cursar un aviso o “un burofax” en el que le diga al emisor que “haga el favor sobre dejar sobre hacerlo”. Los silencios o la disposicion analoga, igual que es cortarle las vias de difusion al bloquearle en WhatsApp, “valen por si solos Con El Fin De hacerle entender el significado, que es inequivoco que nunca se dirija a la novia nunca mas”, explica la s1ala.
La soltura sobre comunicacion que hoy en conmemoracion suponen medios modernos (como WhatsApp, Twitter, Instagram o, tambien, mensajes sobre texto) “no convierte la actuacion en admisible”, reflexiona la Audiencia Provincial. Desplazandolo hacia el pelo menos todavia consiguiendo en cuenta que se alargaron a lo largo de semanas y que la mujer “evidencio su voluntad de nunca conservar comunicacion alguno” con el demandado.
Mas informacion
Reduccion en la condena
A pesar sobre analizar inadmisible la comportamiento del acusado, el tribunal provincial madrileno rebaja la evaluacion sobre los hechos sobre un delito sobre acoso an individuo sobre coacciones. Conforme se relata en la sentencia, la victima nunca logro establecer que el bombardeo de mensajes le causara “una alteracion delicado del crecimiento de la vida cotidiana”, requerimiento imprescindible con el fin de que unos hechos encajen en el delito de acoso.
La discrepancia dentro de los ilicitos de coacciones y no ha transpirado acoso seria minima. El primero castiga las conductas que impidan a la sujeto efectuar alguna https://datingmentor.org/es/calificar-mi-fecha/ cosa o la obliguen an efectuar un comportamiento en contra sobre su voluntad. El acoso, regulado en el escrito 172 del Codigo Penal, requiere obligatoriamente que esa conducta delictiva “altere gravemente el crecimiento de la vida cotidiana de la victima”.
Ese es el matiz por el que la Audiencia Provincial descarta calificar juridicamente la comportamiento como acoso, porque la denunciante “no aporto la acreditacion acreditativa” de que esos fabricados le causaran cambios relevantes en su aniversario a conmemoracion, bien externamente un informe de el doctor, el del psicologo o la prescripcion sobre la tratamiento que decia permanecer tomando. La sala considera que nunca quedo probado que la victima alcanzara “cotas considerables de angustia desplazandolo hacia el pelo angustia” ni que debiera tomar ansioliticos Con El Fin De neutralizarla; tampoco que su hija, menor sobre 17 anos de vida, se viera afectada Asimismo por los mensajes desplazandolo hacia el pelo las llamadas al telefono fijo sobre la vivienda que ambas compartian.
Con esta resolucion los magistrados revocan el fallo del juzgado sobre brutalidad referente a la chica que vio el caso con anterioridad desplazandolo hacia el pelo que si aprecio delito de acoso al admitir igual que demostracii?n suficiente el exclusivo testimonio de la victima en el que afirmaba que estaba tomando tratamiento asi como que no podia acostarse ni trabajar por la angustia.